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3 años agoel
Dentro de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), hay tres tipos de generales: Brigadier, de Brigada y de División, cuyos sueldos son los más altos en el tabulador del Ejército Mexicano.
Un General de División tiene un sueldo bruto mensual de 171 mil 490.84 pesos; uno de Brigada, 156 mil 079.76, y un General Brigadier, 135 mil 896.58.
En el caso del Luis Cresencio Sandoval, secretario de la Defensa Nacional, su sueldo corresponde al un General de División; su sueldo mensual está compuesto de la siguiente manera.
En lo que se refiere a los descuentos de ley mensuales, esto es lo que señala la tabla de haberes sobre el ingreso de un general de División.
Recientemente una investigación causó polémica al revelar que el general Luis Cresencio Sandoval realizó viajes al extranjero en los que estuvo acompañado por miembros de su familia y un equipo de asistencia. Algunos de dichos viajes alcanzaron un costo de más de 2.4 millones de pesos.
Dicho reportaje fue realizado por el periodista Ignacio Rodríguez Reyna para Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), en alianza con Fábrica de Periodismo, publicado en EL UNIVERSAL.
El texto da cuenta que el titular de SEDENA realiza “viajes de terciopelo”: “En jets del Ejército, hoteles de alta gama, comidas y cenas en buenos restaurantes, viáticos en suficiencia, visitas a museos y lugares emblemáticos de las ciudades visitadas”. Para leer el reportaje completo, da clic en este enlace.
Te compartimos la Tabla de haberes (percepciones ordinarias mensuales) de los generales en el Ejército Mexicano y la Fuerza Aérea, actualizada a 2022-2023.
| Grado | Total | Monto neto |
| General de División | 171,490.84 | 119,841.57 |
| General de Brigada | 156,079.76 | 109,788.45 |
| General Brigadier | 135,896.58 | 96,592.99 |
Un General son los militares de más alto rango, tienen la responsabilidad de liderar y dirigir a las fuerzas militares en operaciones y misiones. Los generales ocupan posiciones de liderazgo en la estructura jerárquica de las fuerzas armadas.
El sueldo de los integrantes del Ejército Mexicano y Fuerza Aérea se compone de los siguientes rubros que te enlistamos a continuación:
Remuneraciones al personal que desempeña sus servicios en el Ejército, Fuerza Aérea y Armada Nacionales.
Remuneraciones adicionales que se cubre al personal militar en activo en atención al incremento en el costo de la vida o insalubridad del lugar donde preste sus servicios.
Asignaciones destinadas a cubrir servicios transitorios que presten los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión y su personal administrativo, así como el personal civil y militar, diferentes a los señalados en la partida 13403 compensaciones por servicios especiales.
Asignaciones que se otorgan de manera regular y se pagan en función de la valuación de puestos y del nivel salarial a los servidores públicos de enlace, de mando y homólogos, en términos de los tabuladores autorizados.
Importes en efectivo que el ejecutivo federal otorga a los servidores públicos de las dependencias y entidades como apoyo a la economía familiar. Incluye previsión social múltiple, compensación por desarrollo y capacitación, entre otras.
Remuneraciones complementarias a los haberes de los Generales del Ejército y Fuerza Aérea, así como de los Almirantes de la Armada que sean autorizadas por el titular del ramo y las que éste mismo autorice en casos especiales para los Jefes y Oficiales del Ejército y Fuerza Aérea, Capitanes y Oficiales de la Armada.
Asignaciones destinadas a cubrir las cuotas que corresponden al Gobierno Federal para la constitución de este fondo, en los términos de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
Asignaciones destinadas a cubrir las primas que correspondan a las dependencias y entidades, por concepto del seguro colectivo de retiro del personal a su servicio, según acuerdos contractuales establecidos.
Es el pago a que están obligadas las personas físicas y las morales, conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, aplicándose al personal militar en cumplimiento a lo estipulado en el Título IV, Capítulo I de esta Ley y mismo Título y Capítulo de su Reglamento.
Anualmente se cubre 20 (veinte) días de haberes (sueldo base) por concepto de prima vacacional.
40 (cuarenta) días de haberes (sueldo base) por concepto de gratificación de fin de año.
De conformidad con la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, se cubren los siguientes porcentajes como prima de perseverancia en base en el haber mensual:
| Años de servicio | Porcentajes |
| 10 | 10% |
| 15 | 15% |
| 20 | 20% |
| 25 | 25% |
| 30 | 30% |
| 35 | 35% |
| 40 | 40% |
| 45 | 45% |
| 50 | 50% |
Además, al personal que acredita estudios a nivel licenciatura y que reúna los requisitos establecidos por esta SEDENA, se le otorga una “Asignación de Técnico” equivalente al (40% del haber) mensual.
Los hombres y mujeres que ingresan a la SEDENA tienen acceso a las siguientes prestaciones y beneficios a partir de que están en activo:
I. Servicio médico integral para el militar y sus derechohabientes;
II. Prestaciones y beneficios económicos al ingreso al Instituto Armado
Otras prestaciones y beneficios económicos para el personal del Ejército Mexicano que cumple ciertos requisitos:
Con información de la Secretaría de la Defensa Nacional