El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Procuraduría Agraria informar sobre afectaciones que ha ocasionado el Tren Maya a tierras ejidales del Núcleo Ejidal Tebec en Umán, Yucatán.
Durante la sesión ordinaria del pasado miércoles, Blanca Lilia Ibarra, comisionada presidenta del Instituto, indicó que esta dependencia entregó información incompleta al ciudadano solicitante.
Comentó que el sujeto obligado sí dio respuesta dentro del plazo estipulado en la Ley Federal de Transparencia; sin embargo, fue omiso en anexar los documentos localizados, por lo que los agravios sobre la entrega de información incompleta y la falta de fundamentación, y también de motivación, son fundados.
“En respuesta el sujeto objeto obligado, es decir, la Procuraduría Agraria indicó que localizó dos convocatorias de asamblea, una del 2 y la otra del 11 de diciembre de 2022, así como el listado de ejidatarios asistentes a esas asambleas. La parte interesada impugnó la falta de respuesta, la entrega de información incompleta, así como la falta de motivación y fundamentación, pues si bien el sujeto obligado identificó los documentos que daban atención a la solicitud, omitió anexarlas”, expuso.
Recordó que la resolución se enmarca en la misma línea de la controversia constitucional que presentó el Instituto el 10 de diciembre del 2021 en contra del acuerdo donde los proyectos y obras del gobierno federal se consideraban como asuntos de seguridad nacional.
“La lucha por evitar las reservas previas, generales y dogmáticas no ha sido fácil, porque el mismo día que la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio la razón a este Instituto e invalidó el acuerdo, es decir, el pasado 18 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación, un decreto del Ejecutivo Federal que declaró de interés público y seguridad nacional las obras del Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo, y los aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum”, manifestó.
Por ello, propuso modificar la respuesta del sujeto obligado, a efecto de que proporcione las documentales solicitadas en donde únicamente podrá proteger la huella digital de los ejidatarios.
“Con esta resolución colegiada e imparcial, la sociedad mexicana tiene constancia de que este organismo garante seguirá velando, sin titubear, por la aplicación del principio de máxima publicidad, más aún si se trata de obras de infraestructura como la presente, que ha despertado un genuino interés de la sociedad por conocer su impacto presupuestal, ambiental y económico. Negarle a la ciudadanía este derecho es negar su papel soberano sobre los asuntos públicos, y cuando tal agravio sucede, para eso existe el INAI”, remarcó.
Con información de MVS Noticias
Fuente: Grupo Es Noticia