Con la publicación en el DOF es oficial que los deudores alimentarios no podrán tramitar documentos, salir del país, ni ser electos.
Este lunes se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se crea el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA).
En dicho decreto se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de pensiones alimenticias.
Así, los deudores morosos que estén inscritos en este Registro no podrán:
- Ser candidatos a puestos de elección popular
- Ser jueces o magistrados
- Salir del país
- Realizar trámites como la obtención de licencia o permisos de conducir
- Sacar el pasaporte
- Casarse ante el Registro Civil.
La medida busca proteger que se cumplan con las necesidades alimentarias de niñas, niños y adolescentes. Se busca también que los tutores cumplan con la pensión alimenticia de sus hijas e hijos, a partir de una deuda de 90 días.
El decreto entra en vigor este martes.
Se establece que el deudor moroso se difundirá en el RNOA, el cual será público, con base en lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Además, las Procuradurías de Protección de las entidades federativas y la de la Ciudad de México tendrán acceso total a las bases de datos de este Registro Nacional.
Pero también el RNOA emitirá certificados de no inscripción, a petición de la parte interesada. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno dispondrán lo necesario para establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro.
Diversos obstáculos para los deudores
Respecto a los trámites en los que se podrá pedir el certificado dice la ley:
“Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus competencias, dispondrán lo necesario a fin de establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. Entre los trámites y procedimientos que podrán requerir la expedición de ese certificado, se encuentran los siguientes:
I. Obtención de licencias y permisos para conducir;
II. Obtención de pasaporte o documento de identidad y viaje;
III. Para participar como candidato a cargos concejiles y de elección popular;
IV. Para participar como aspirante a cargos de jueces, magistrados en el ámbito local o federal;
V. Los que se realicen ante notario público relativos a la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, y
VI. En las solicitudes de matrimonio, el juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro, mencionando la situación que guardan respecto de las obligaciones que tiene.
“Las autoridades federales competentes, instrumentarán las medidas de restricción migratoria que establezcan que ninguna persona inscrita en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias pueda salir del país, cuando:
I. Sea deudor alimentario moroso.
II. Existan medios de prueba que permitan al Juez determinar la existencia de un riesgo importante de que la salida del país sea utilizada como un medio de evasión de pago”.
De acuerdo con el decreto, los derechos alimentarios comprenden esencialmente la satisfacción de las necesidades de sustento y supervivencia.
Así como alimentación y nutrición, vestido, habitación, recreación, atención médica y psicológica preventiva integrada a la salud, asistencia médico-hospitalaria y, en su caso, los gastos de embarazo y parto.
También los gastos derivados de la educación y la formación para proporcionar a los menores un oficio, arte o profesión
Con relación a los menores con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción, se pide lo necesario para lograr, en lo posible, su habilitación o rehabilitación y desarrollo.
La medida responde a cifras alarmantes del INEGI que señala que en siete de cada 10 divorcios, los padres no cumplen con la pensión por manutención.
Siete de cada 10 madres solteras no reciben pensión alimenticia.
Fuente: Agencias