Hoy 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer 2023 y una de las exigencias principales en la marcha feminista es poner un alto al feminicidio.
El feminicidio es un término utilizado para describir el asesinato de una mujer debido a su género. Este término es utilizado para diferenciar el asesinato de una mujer de otros tipos de homicidios, y se enfoca en la violencia de género como el motivo principal del crimen. En otras palabras, el feminicidio se refiere al asesinato de una mujer simplemente por ser mujer, ya sea por su posición en la sociedad, su género, su raza, su religión u otras características que la hacen vulnerable a la violencia.
¿Por qué es un crimen de odio?
El feminicidio es un crimen de odio porque se comete por razones de género. Es decir, se trata de un homicidio motivado por la discriminación y el odio hacia las mujeres, simplemente por el hecho de ser mujeres.
Los feminicidios son el resultado de una cultura de violencia de género, que se manifiesta en diversas formas de discriminación y violencia contra las mujeres, incluyendo la violencia física, sexual, psicológica y económica. Estas formas de violencia son un reflejo de la desigualdad de género y de la falta de respeto hacia los derechos humanos de las mujeres.
Estos crímenes son una manifestación extrema de esta cultura de violencia, ya que implican la privación de la vida de una mujer simplemente por su género. Los agresores suelen ser parejas o exparejas de las víctimas, y suelen cometer el crimen como una forma de ejercer control y poder sobre ellas.
Es importante reconocer que el feminicidio no es solo un problema individual, sino que es un problema social y estructural que requiere de medidas y políticas integrales para prevenirlo y erradicarlo. Debe ser entendido como un crimen de odio y como una violación a los derechos humanos de las mujeres, y por tanto, debe ser abordado como un problema de la sociedad en su conjunto.
¿Qué dice la ley?
El artículo 325 del Código Penal Federal señala que: Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
- II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
- III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;
- IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
- V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
- VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
- VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
La pena para castigar a un feminicida es de 40 a 65 años de cárcel. (Antes la sanción máxima era de 60 años, pero la Cámara de Diputados aprobó aumentarla en febrero de 2020).
Fuente: Agencias