Este martes se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto con el cual la construcción, operación y explotación de la vía general de comunicación del Tren Maya pasa de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) a la empresa estatal Tren Maya S.A de C.V, coordinada por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).
Debido a que la construcción de esta megaobra insignia de la autodenominada Cuarta Transformación (4T) se realizará conforme al proyecto Ejecutivo, los terrenos que resulten necesarios pasarán a formar parte del dominio público de la Federación.
Asimismo, la SEDENA tomará el control de la prestación de servicios auxiliares requeridos en los estados de Quintana Roo, Campeche, Chiapas, Tabasco y Yucatán, por donde también pasará el Tren Maya.
“El asignatario podrá prestar el servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros en las demás vías del Sistema Ferroviario Mexicano, siempre que cuente con los correspondientes derechos de paso o derechos de arrastre, conforme a lo señalado”, se lee en la publicación.
El decreto otorga a la empresa Tren Maya S.A de C.V un plazo de 180 días para ejercer los derechos que se le confieren, a partir de la publicación de la asignación.
“En el supuesto de que el asignatario no ejerza los derechos correspondientes en el plazo indicado, o a la conclusión de la prórroga que en su caso le sea otorgada, la secretaría procederá de inmediato a la revocación de la asignación, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley”, advierte el texto.
Además, la publicación indica que “el asignatario deberá realizar la liberación del Derecho de vía que sea necesario para la vía férrea, considerando el tipo de régimen de la superficie que se afecte (ejidal, comunal, pequeña propiedad, terrenos federales) de conformidad con la normatividad aplicable en el ámbito federal, estatal y municipal, debiendo obtener la titularidad de dicha superficie en favor de la Federación y liberando de cualquier responsabilidad relacionada con el tema a la Secretaría Anexo”.
La construcción del Tren Maya y sus instalaciones a través de los diferentes estados “se llevará a cabo dentro de los veinticuatro meses siguientes, contados a partir de la fecha en que la secretaría haya otorgado la presente asignación. Dicho plazo podrá ampliarse a solicitud del asignatario siempre que acredite plenamente que existen causas justificadas para ello”.
En el decreto se establece que “el asignatario, en ningún momento, podrá alterar la naturaleza de los bienes señalados en el párrafo anterior y, para cualquier modificación o intervención, deberá obtener el permiso correspondiente, según proceda, del Instituto Nacional de Antropología e Historia, del Instituto Nacional de Bellas Artes, o del Museo Nacional de los Ferrocarriles Mexicanos y la autorización de la Secretaría”.
Fuente: Agencias